viernes. 26.04.2024

La actividad de alquiler vacacional de viviendas en Mallorca será aún más complicado una vez que el Consell de Mallorca apruebe definitivamente el denominado Plan de Interavnecvión en Ámbitos Turísticos, denominado más comunmente como PIAT. La presidenta del Consell, Catalina Cladera ha manifestado su intención de aprobar el nuevo texto a finales de este mes.

 

Al menos esta es la conclusión a la que han llegado en el despacho de abogados Illeslex, especializados en derecho turístico. Su socios Javier Blas y Jaime López, han recordado que "ello tendrá una incidencia decisiva sobre las nuevas “licencias turísticas” para viviendas que se pretendan solicitar, pues supondrá un endurecimiento de los requisitos necesarios para poder acceder a la actividad".

 

Así, advierten que de un listado de nuevas medidas que deberán cumplir las viviendas que se den de alta para la comercialización de estancias turísticas a partir de la entrada en vigor del PIAT, tras su aprobación definitiva.

Para empezar estas viviendas tendrán que cumplir una serie de requisitos en cuanto a consumo y gestión del ciclo del agua como sistemas de doble descarag en inodoros o de reducción del caudal en duchas y grifos. También deberán estar conectados a la red de alcantarillado de su núcleo o zona, y si no existe, disponer de fosas sépticas estancas y homologadas según normativa vigente.

 

En cuanto a eficiencia energética, desde Illeslex se recuerda que estas viviendas deberán tener una calificación energética mínima de clase B en edificaciones posteriores a 2006 o de clase C en viviendas unifamiliares anteriores a 2007.

 

Además se les obligará a contar con un sistema de calefacción y / o refrigeración de eficiencia energética mínima A++.

 

Además en el caso de viviendas unifamiliares aisladas, deberán alcanzar un mínimo de un 70% de generación de ACS mediante placas solares, siempre que sea posible, o por otras instalaciones alternativas de energías renovables en edificaciones posteriores en el año 2006 o de un 50% en edificaciones anteriores a 2007.

 

En las viviendas unifamiliares se deberá disponer de un punto de recarga para coches eléctricos o bien justificar la existencia de un punto de recarga de acceso al público en un radio de 500 m.

 

Pero ahí no queda la cosa. Tal y como exponen desde Illeslex, las viviendas situadas en suelo rústico, la parte de la parcela no ocupada ni por la edificación ni por el resto de elementos constructivos se debe mantener en estado natural o en explotación agrícola, ganadera o forestal.

 

No obstante, junto a estas exigencias podrían introducirse otras en el texto del PIAT que definitivamente se apruebe y que, por el momento, se desconocen.

 

Javier Blas y Jaime López explican que  "el endurecimiento de los requisitos establecidos en el PIAT, que se unen a los exigidos por la Ley de Turismo de Baleares tendrán una influencia decisiva en las nuevas “licencias” que se pretendan solicitar en el futuro, limitando significativamente la posibilidad de acceder a la actividad de comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial en todo el territorio de la isla de Mallorca, por cuanto muchos de tales requisitos resultan, en la práctica, muy difíciles de cumplir".

 

Por esta razón, los expertos aconsejan que "todas aquellas personas que estén interesadas en solicitar una “licencia” turística para su propiedad inicien el procedimiento lo antes posible para, así, tratar de evitar que les resulten de aplicación estas nuevas exigencias".

Más exigencias al alquiler vacacional de viviendas en Mallorca