jueves. 25.04.2024

El juzgado de Primera Instancia número 62 de Madrid ha desestimado la demanda en la que el grupo hotelero Meliá reclamaba a Bankia la restitución de un millón de euros en concepto de daños causados por la salida a bolsa de la entidad, al tratarse de un inversor institucional y no de un "padre de familia".



El magistrado rechaza además la pretensión de la cadena española que pedía a Bankia, como heredera del negocio de Bancaja, 63.126 euros más intereses por incumplir con la obligaciones de información, transparencia, diligencia y lealtad en la comercialización de las participaciones preferentes, según consta en la sentencia.



Durante la vista oral, representantes de la entidad que preside José Ignacio Goirigolzarri plantearon la improcedencia de la demanda dada la naturaleza de la inversión de Meliá, vinculada no "al contenido del folleto informativo, sino al mantenimiento de una vía de financiación".



Unos argumentos que retoma el juez en su veredicto, en el que cataloga de "inviable" la acción de nulidad al existir un consentimiento expreso de la compañía hotelera a través de su director financiero, Onofre Servera, que en su declaración como testigo afirmó que su departamento "no vio nada raro y que han mantenido su inversión".



Además, subraya que en el presente procedimiento "la diligencia exigible no era la civil o común del buen padre de familia" sino la de un "ordenado empresario" que evaluara las incidencias de su actividad, los riesgos y asumiera "sólo aquellos que no pongan en peligro la solvencia" de Meliá.



Por tanto, descarta que puedan aplicarse las mismas disposiciones que a los inversores del tramo minorista puesto que la suscripción de acciones no estaba vinculada al folleto de la operación y, por tanto, "la incorrecta imagen de solvencia que de la entidad podía ofrecerse en él, en ningún caso, pudo tener incidencia causal relevante alguna en la adquisición".



Del mismo modo, el titular del juzgado afea que Meliá reclame dicho perjuicio patrimonial máxime cuando "conocía la naturaleza del producto", no sólo por la información ofrecida por Bankia "sino por su constatada capacidad y conocimientos adecuados -derivados de su propia existencia-".



Como sucediera con Iberdrola, otra de las grandes empresas que recurrieron a la vía judicial para recuperar las inversiones del debut bursátil, el grupo dispone ahora de veinte días desde la notificación para interponer su recurso de apelación.



Junto a ambas, también acudió a los tribunales el Grupo Villar Mir, que reclamó el abono de las pérdidas por los casi 20 millones suscritos a través de las compañías OHL, Ferroatlántica y Fertiberia, que interpusieron demandas por separado.

Desestimada la demanda de Meliá Hoteles por la salida a bolsa de Bankia