viernes. 29.03.2024

El nuevo texto de la Ley de Autónomos recoge las ayudas para los autónomos que contraten un familiar. Esta bonificación en la cuota empresarial por contingencias comunes será del 100% durante un periodo de doce meses, en los casos en que se produzca una contratación indefinida a cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive.

 

Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el autónomo no haya extinguido contratos de trabajo, bien por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido declarados judicialmente improcedentes.

 

De igual modo, se establece como requisito de acceso a las ayudas que el empleador mantenga el nivel de empleo en los seis meses posteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la citada bonificación.

 

A efectos de examinar el nivel de empleo y su mantenimiento, no se tendrán en cuenta las extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes.

 

En estos casos, la bonificación de cuotas prevista en esta disposición adicional se financiará con cargo a la correspondiente partida presupuestaria del Servicio Público de Empleo Estatal.

Así será la ayuda para autónomos que contraten a un familiar