miércoles. 24.04.2024

Multa ejemplar para una empresa agraria por la tala sin permiso de hasta 1.641 encinas en una zona natural del término municipal de Bunyola.  La Conselleria de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca ha sancionado la empresa con 50.000 euros de multa y la restauración del medio por esta actuación, realizada con fines comerciales, que ha afectado ni más ni menos que a 25 hectáreas.

 

Un agente de medio ambiente constató los hechos en marzo de 2015, cuando encontró a dos trabajadores de la mencionada empresa cortando encinas sin autorización, y contabilizó 181 pies talados.

 

Ante la gravedad de los hechos, el agente de medio ambiente decomisó y dejó en depósito los restos de madera y las ramas de encina que se encontraban en la zona afectada. Sin embargo, cinco días después se constató que se habían talado más encinas, y en visitas posteriores se llegaron a contabilizar 1.641 pies arrancados en total.


 

Parte de la madera cortada ya se había retirado y el agente comprobó que se había destinado a la comercialización: se había vendido a un mayorista de madera. Se calculó que la cantidad aprovechada era de unas 240 toneladas, con un precio de venta estimado de 28.710 euros.

 

A eso se tiene que añadir la tasa que se ahorró el infractor que, en caso de que hubiera solicitado autorización para este aprovechamiento forestal, habría sido de 160,39 euros.


 

La empresa responsable no disponía de ninguna autorización de aprovechamiento forestal, aunque había tramitado una solicitud para talar 180 encinas y tenía el visto bueno para dos talas directas, de 35 encinas y 32 pinos, no relacionadas con la zona objeto de la denuncia. Años antes, en el 2012, también había recibido la autorización para cortar 250 pies de encina.


 

La zona está clasificada como zona de especial protección para las aves (ZEPA) y forma parte del Paraje Natural de la Serra de Tramuntana como zona de uso limitado por su Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN). Se trata también de un área natural de especial interés de alto nivel de protección (AANP), según el Plan Territorial Insular de Mallorca, y está clasificada como área de prevención de riesgos (APR) de erosión, desprendimientos e incendios.

 

Forma parte, también, de los encinares protegidos por el Decreto 130/2001, de 23 de noviembre, por el cual se aprueba la delimitación a escala 1:5.000 de las áreas de encinar protegido.


 

Por eso, y para valorar el perjuicio al medio, se han tenido en cuenta la incidencia de los hechos sancionados en la pervivencia y la estabilidad de la masa forestal, los riesgos de erosión y de incendio y el impacto sobre las especies que motivaron que esta zona formara parte de una ZEPA.


 

Dado que los daños significativos en el medio natural producidos por la tala de encinas sin autorización están acreditados y que esta actividad se llevó a cabo con finalidades comerciales, la infracción se ha calificado como grave.

Multa de 50.000€ a una empresa agraria por talar sin permiso más de 1.600 encinas en...
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