jueves. 28.03.2024

La legislación vigente permite a los trabajadores por cuenta propia realizar un cambio de base en dos momentos al año; el primero entre el 1 de enero y el 30 de abril con efectos del 1 de julio; y el segundo del 1 de julio hasta el 1 de noviembre con efectos a 1 de enero del año siguiente, según ha explicado ATA en un comunicado.

 

En cualquiera de estos dos plazos, los autónomos podrán elegir entre la base mínima de 919,80 euros mensuales y los 3.751,20 euros al mes de base máxima.

 

Este cambio para ajustar sus cotizaciones a sus rendimientos netos podrán hacerlo el 75% de los trabajadores por cuenta propia ya que hay que exceptuar a aquellos cuyos ingresos mensuales, un 25% aproximadamente, se encuentran por debajo de 900 euros al mes.

 

No obstante, esta posibilidad de adecuar sus cotizaciones a los ingresos reales será más fácil a partir del año que viene para la mayor parte de los autónomos de este país, ha indicado la asociación.

 

La nueva Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo permitirá a los trabajadores por cuenta propia adecuar sus bases mínimas a sus ingresos cuatro veces al año y no dos como ahora.

 

Ello permitirá que cada tres meses los autónomos suban la cuota si mejoran los ingresos o la bajen si los rendimientos netos están siendo menores.

 

Además, ATA ha pedido que se encuentra una fórmula con el fin de que el 25% de los autónomos que no ingresan 900 euros al mes “no tengan que soportar el peso de una cuota que les supone casi un tercio de sus ingresos”.

 

El presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha señalado que este tipo de autónomos “deben de pagar una cuota muy reducida durante un tiempo, una cuota que puedan asumir”

Tres de cada cuatro autónomos pueden adecuar ya sus cotizaciones a sus ingresos