sábado. 20.04.2024

 

La Audiencia Nacional ha condenado a cuatro integrantes de la excúpula de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) a hasta cuatro años de prisión por "distorsionar" los estados contables entre 2010 y su intervención en 2011, "vulnerando" la imagen de la entidad en momentos de grave crisis.

 

La sección cuarta de la sala de lo Penal impone la máxima pena, cuatro años, al ex director general de Planificación y Control Teófilo Sogorb, como autor tanto de un delito continuado de falsedad contable como de falsedad en la información a los inversores al ser el responsable de remitir a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CMNV) los resultados intermedios de la caja.

 

En la sentencia de 310 folios conocida hoy, la sala responsabiliza a éste por ser quien comunicó un beneficio "inveraz" de 39,8 millones en el primer trimestre de 2011 con el propósito de "conseguir captar inversores confiados en la solvencia aparente" de una CAM "atractiva en un momento en que estaba atravesando una gran crisis".

 

Tras Sogorb, al que varios acusados señalaron durante el juicio como gestor de las operaciones con las que la caja supuestamente infló los balances, se sitúan los ex directores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós, ambos condenados a tres años de cárcel por falsedad contable.

 

Según explican los magistrados, todos ellos practicaron conductas "tendentes a distorsionar las cuentas", intentando "esconder o al menos, maquillar" la grave crisis de la CAM, que el 22 de julio de 2011 tuvo que ser intervenida por el Banco de España víctima de un "agujero patrimonial" generado por la inversión en el "ladrillo".

 

En este sentido, apuntan al ex director general de Inversiones y Riesgo Francisco José Martínez, al que imponen dos años, nueve meses y un día de prisión.

 

Los jueces responsabilizan a Martínez y a los otros tres condenados de unas irregularidades que permitieron arrojar beneficios a marzo de 2011 en lugar de los 1.163 millones de pérdidas y una ratio de morosidad del 19%, evidenciados tres meses después tras la reexpresión contable por parte del Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB).

 

Hechos a los que contribuyeron las operaciones de titulización realizadas a lo largo de 2010 y que tuvieron "gran incidencia" en las cuentas del periodo, dentro de un "plan concertado" para ofrecer una imagen irreal "con vistas a obtener ventajas económicas y políticas en el proceso de integración de Banco Base" que finalmente nunca llegó a producirse.

 

La sala aparta de este relato al ex director de Gestión de Liquidez Juan Luis Sabater y al que ex presidente Modesto Crespo, que en su interrogatorio el pasado mayo dijo carecer de conocimientos contables y limitó su papel al de un mero representante que visitaba "'outlets' de zapatos con las señoras de otros directivos".

 

Unos alegatos que asume el tribunal presidido por la juez Ángela Murillo, al quedar probado que su labor "no trascendía de la meramente protocolaria, sin participar de manera activa y efectiva en la adopción de las decisiones que tomaba el Comité de Dirección, compuesto por los verdaderos gestores" de la CAM.

 

Quedan exentos además el ex director de Recursos Vicente Soriano y el de Información Financiera Salvador Ochoa, este último tras la retirada de acusación por parte de la Fiscalía.

 

En cuanto a los delitos de estafa agravada, apropiación indebida, administración desleal y falsedad mercantil, los jueces exoneran a los ocho antiguos directivos dada la "total ausencia" de pruebas que demuestren el supuesto engaño.

 

También lo hacen respecto a la Fundación CAM, Caser y Banco Sabadell -como heredera del negocio-, al valorar que la caja desapareció no sólo debido a la actuación irregular de los condenados sino por el entorno de crisis general donde muchas entidades financieras "no superaron sus problemas de liquidez, inestabilidad y expansión".

 

Apuntan así a la vía civil como medio en el que determinar a cuál corresponde hacer frente a la responsabilidad por el perjuicio causado, si a la Fundación o a Sabadell.

 

Con todo, la sala advierte de que no ha quedado acreditado que los inversores que suscribieron cuotas participativas entre el 1 de marzo y el 22 de julio de 2011 lo hicieran fiándose de la "supuesta e irreal situación" de la CAM y "menos aún, que los acusados maniobraran artificiosamente en su propio beneficio, de la entidad o de terceros".

 

La sentencia, de la que ha sido ponente el juez Juan Francisco Martel, podrá ser recurrida por las partes en el plazo de cinco días ante el Tribunal Supremo, el cual dilucidará el futuro procesal de los directivos de la que llegó a ser la cuarta mayor caja española, con más de 130 años de historia en el momento de la intervención por el Estado.

Hasta 4 años de cárcel para 4 exdirectivos de CAM por manipular las cuentas
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