viernes. 19.04.2024

La conselleria de Hacienda del Govern balear ha publicado la convocatoria para 2018 de ayudas a los emprendedores y a las emprendedoras, y a la microempresa, pequeña y mediana empresa de las Islas Baleares. Esta convocatoria, dotada con más de 2,3 millones de euros está destinada a para cubrir los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, en operaciones de financiación de inversiones productivas y liquidez, formalizadas entre el 1 de diciembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018.


Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y las sociedades civiles o comunidades de bienes domiciliadas o que lleven a cabo un proyecto de inversión en las Islas Baleares, que cumplan los requisitos de las microempresas, pequeñas y medianas empresas y que formalicen entre el 1 de diciembre del 2017 y el 30 de noviembre del 2018 operaciones financieras en las cuales


Que financien proyectos de inversiones de las pymes, siempre que se hagan en centros productivos ubicados en las Islas Baleares.a) Que financien operaciones de financiación de liquidez de pymes, la actividad principal de las cuales se haga en centros productivos ubicatsb) en las Islas Baleares.


Los emprendedores en proceso de creación empresarial también pueden ser beneficiarios de la ayuda, pero tienen que acreditar el inicio de la actividad antes de que se pague la ayuda.

 

En cuanto a las ayudas para cubrir el coste del aval de ISBA, hay un total de 1.270.000,00 euros repartidos en tres años. La ayuda para cubrir los intereses es de 1.075.000,00 euros.


La cuantía máxima de préstamo sobre la cual se tiene que calcular la ayuda es de 375.000 euros por beneficiario, con el máximo de los siete primeros años de plazo, con independencia que se lleven a cabo en una o más operaciones financieras o que el plazo o el importe financiado pueda superar esta cifra.


Para acogerse a las ayudas de los costes de los avales, las operaciones financieras que los solicitantes formalicen con las entidades de crédito u otras fuentes alternativas de financiación tienen que disponer necesariamente de un aval de ISBA, SGR.


Las solicitudes se tienen que presentar a la entidad colaboradora ISBA, SGR, o en cualquier de los lugares que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.


Junto con la solicitud y la memoria explicativa de los objetivos y las necesidades de liquidez que se tienen que cubrir o los gastos o inversiones previstas.


El plazo para presentar las solicitudes ya está abierto hasta el 4 de diciembre de 2018. Sin embargo la resolución de concesión o denegación de las ayudas no se producirá en ningún caso antes del 1 de enero de 2018.

Sin prejuicio que se amplíe posteriormente, el presupuesto de esta convocatoria está calculado para conceder todas las ayudas que se soliciten hasta 40.000.000 euros de principal, de los cuales, inicialmente y sin carácter limitador, se prevé destinar 26.000.000 euros a la financiación de inversiones y 14.000.000 euros a liquidez y refinanciación, o hasta que se agoten los fondos destinados a esta convocatoria.

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