sábado. 20.04.2024

El presente año finalizará con importantes novedades para los trabajadores autónomos. Y es que después de la aprobación  de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, entraron en vigor algunas medidas como las relacionadas con maternidad y conciliación, así como las relativos a las bonificaciones para la contratación a familiares y discapacitados. También se puso en marcha la compatibilización del 100% de la pensión de jubilación y la actividad por cuenta propia siempre que tengan al menos a un trabajador a su cargo.

 

El próximo año arrancará con nuevas medias que completan esta ley, tales como la ampliación de la tarifa plana o deducciones fiscales.

 

Respecto a la ampliación de la tarifa plana, pasará de seis a doce meses el periodo en el que el autónomo sólo tiene que pagar 50 euros. A partir del mes 13, y hasta el 18, la deducción será de un 50% de la bonificación. A partir de esa fecha, y hasta los dos años, el autónomo se beneficiará de una deducción del 30%.

 

En cuanto a las deducciones fiscales, los autónomos podrán deducirse 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto de manutención, cuando afecta directamente a la actividad en territorio español, y el doble si se pernocta. “Es imprescindible justificar el pago telemático. Si es en el extranjero, y se pernocta, la deducción es el doble, de hasta 48 euros”, detalla ATA.

 

Además, los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz y telefonía, siempre que se trabaje desde casa.

 

Por otro lado, podrán darse tres veces de alta y de baja en el mismo año y sólo pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y no todo el mes como hasta ahora.

 

Asimismo, podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos y así adecuar su base a sus ingresos reales.

 

También que se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.

 

Además, los autónomos que se jubilen empezarán a cobrar su pensión al día siguiente de jubilarse y no el primer día del mes siguiente como se hacía hasta ahora.

Las principales novedades que traerá 2018 para los autónomos
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