sábado. 20.04.2024

Cualquier persona que se quisiera dedicar a ejercer la actividad de intermediario o agente inmobiliario no tenia, hasta el momento no tenía que cumplir ningún requisito concreto más allá del hecho de darse de alta como autónomo en esta actividad. No era necesario disponer de titulación ni acreditar conocimientos en el sector.

 

Esto era así desde el año 2000 en el que el Gobierno central liberalizó completamente esta actividad hasta entoneces ejercida por Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, los conocidos como APIS. Desde entonces sólo Cataluña y País Vasco han optado por volver a regular esta actividad profesional y restringirla.

 

Ahora Baleares será la tercera comunidad autónoma en poner coto a esta liberalización profesional. La nueva ley de vivienda que el Govern ahora quiere tramitar en el parlament incorpora una disposición adicional en la que se indica que "se deberán fijar reglamentariamente los requisitos para ejercer la actividad de los agentes inmobiliarios así como las obligaciones que han de cumplir, en particular la necesidad de suscribir una nota de encargo entre los profesionales y los usuarios del servicio".

 

También expone que se tiene que constituir un registro administrativo de obligada inscripción para los agentes o las agencias inmobiliarias. Esta disposición se tendrá que concretar después de que se apruebe la ley, con un reglamento más detallado.

 

El Gobierno escucha así las insistentes reclamaciones que ha venido realizando el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria desde hace años.

 

Desde el Colegio, su presidente, Pep Mir, ha recalcado que, con estos cambios normativos "se conseguirá dar más seguridad y tranquilidad a los consumidores y evitar los desmanes o actividades poco éticas o ilicitas que se han detectado en los últimos años. Todos saldremos ganando".

 

En concreto los APIS reclaman que en el nuevo reglamento aún por definir se incluyan una serie de aspectos concretos. Entre ellos estaría el hecho de disponer de un establecimiento abierto al público o una dirección física en el caso de prestación de servicios por vía electrónica o telemática.

 

También consideran que se tiene que regular la capacitación profesional de los agentes inmobiliarios o de los responsables de las agencias inmobiliarias que legalmente se establezca y fijar la constitución de garantías para responder por las cantidades recibidas a cuenta en el ejercicio de su actividad.

 

Los Agentes consideran que también se tiene que fijar la contratación de un seguro de responsabilidad civil con vigencia permanente y retroactividad suficiente que permita responder de la actividad mediadora.

 

El Colegio también solicita la creación de un distintivo y una placa de formato y características específicas para los agentes y agencias inmobiliarias.

 

Coto a la total liberalización de la actividad de los agentes inmobiliarios
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