viernes. 19.04.2024

ATIB devolverá a "rent a car" dinero de multas de clientes no identificados obligados a asumir el pago de las multas de aquellos turistas que no pueden ser identificados tras cometer infracciones de tráfico porque en sus DNI no aparece el código postal.



La Agrupación Empresarial de Alquiler de Vehículos de Baleares (AEVAB) ha explicado que tres juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma han "dado la razón" a estas empresas en las díez demandas que han interpuesto a la ATIB por "cargar a los 'rent a car' las multas de estos clientes".



Cuando había alguna multa a conductores de vehículo de alquiler, para reclamar su pago, la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial obliga al titular de un vehículo a identificar a la persona que lo está conduciendo y, además, en el caso de los "rent a car" les obliga también a mostrar el contrato de alquiler, ha recordado la agrupación.



Hasta hace un año y medio, los "rent a car" solo aportaban los contratos de alquiler, el nombre, el pasaporte, el número de teléfono y el domicilio del conductor, "información valida y suficiente tanto para ayuntamientos como para DGT", ha señalado la AEVAB.



Sin embargo, los criterios han cambiado en los ayuntamientos que tienen cedida la gestión de multas a la ATIB y la agencia ha denegado en varias ocasiones la identificación de algunos conductores porque en los datos aportados por las empresas de alquiler de vehículos no aparece el código postal.



La AEVAB ha explicado que, con esta modificación, en lugar de requerir al "rent a car" para que subsanase la deficiencia o buscarlo la ATIB, "como había venido sucediendo hasta la fecha", ahora se deniega directamente la identificación del conductor y la empresa tiene que asumir el pago de la multa.



"Este nuevo criterio solo favorece a la ATIB porque le evita tener que iniciar un proceso largo y farragoso para reclamar la sanción al conductor extranjero, mientras el 'rent a car', acumula grandes cantidades de multas", ha manifestado a AEVAB.



La AEVAB alegó que ese dato, el código postal, no aparece ni en el DNI ni en el permiso de circulación. Las sentencias afirman que "no corresponde a la empresa facilitar ese dato porque la administración cuenta con medios para hacerlo" (para averiguarlo).

La Agencia Tributaria devolverá a los 'rent a car' el dinero de las multas de clientes...