jueves. 25.04.2024

El BOIB ha publicado hoy la primera Ley de vivienda de las Islas Baleares, una norma que, según el Govern, busca facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda. La ley estará en vigor a partir de mañana día 27 de junio.



La Ley reconoce el derecho de los ciudadanos a la vivienda y establece mecanismos para hacerlo efectivo, tanto incrementando la bolsa de vivienda pública de alquiler social, como obligando el Ejecutivo a facilitar ayudas de acceso a la vivienda (por ejemplo, con una ayuda económica para pagar el alquiler) a las personas en situación de vulnerabilidad (acreditada por Servicios Sociales) si no hay vivienda pública disponible.

 


La obligatoriedad de los grandes tenedores de ceder las viviendas vacías que lleven más de dos años cerrados para destinarlos a alquiler social cuando haya necesitado de vivienda es una de las principales medidas de la Ley.


La entrada en vigor mañana miércoles 27 de la primera Ley de Vivienda de las Islas Baleares implica, por ejemplo, que a partir de mañana los grandes tenedores tienen tres meses para informar de todas aquellas viviendas de su propiedad que llevan dos años cerrados. Las principales medidas que prevé esta Ley son las siguientes


— Servicio de acompañamiento a los ciudadanos en materia de vivienda

Se crea un servicio de acompañamiento en materia de vivienda, universal y gratuito, para todos los ciudadanos. La función de este servicio, que estará integrado en el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), es guiar los ciudadanos en situaciones de riesgo de pérdida de la vivienda —porque no pueden pagar el alquiler o el préstamo hipotecario— y asistirlos con la información que requieran en procesos de compra, alquiler o financiación de la vivienda para la defensa correcta de sus derechos.



— Mantenimiento de los servicios básicos

Se garantiza el derecho de todos los ciudadanos a los suministros básicos. No puede haber corte de suministro si los servicios sociales municipales acreditan la situación de dificultad de la familia. La empresa tiene que informar los afectados que tienen este derecho antes de cortar los suministros.



— Registro de viviendas desocupadas y obligación de los grandes tenedores de cederlos temporalmente para alquiler social

La Ley pretende tanto facilitar que las familias mantengun su hogar como incrementar la disponibilidad de viviendas de alquiler a precio asequible —alquiler social— a la comunidad autónoma balear.

El Consell Consultiu ha avalado una de las principales medidas que incluye la Ley de la vivienda para obtener viviendas de alquiler social: la cesión temporal obligatoria por parte de los grandes tenedores de las viviendas que lleven dos años vacíos si es necesaria la aportación para cubrir la demanda de viviendas de alquiler público.

La Ley fija la obligación de los grandes tenedores de inscribir las viviendas vacías de que dispongan en el Registro de viviendas desocupadas, bajo la advertencia de una sanción en caso de que no lo cumplan. No hacerlo implica una sanción grave: desde 3.000 hasta 30.000 euros.

El plazo para inscribirse es de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley o desde que se produzca la situación de desocupación de dos años.



— Derecho a la vivienda por situaciones de especial vulnerabilidad

La Ley reconoce el derecho al acceso a la vivienda en situaciones de especial vulnerabilidad y, por lo tanto, la obligatoriedad de la Administración de garantizarlo. Así, se tienen que facilitar viviendas públicas de alquiler social o ayudas a aquellas personas que las necesiten para poder acceder a una vivienda.



— Viviendas de protección oficial de alquiler y con calificación permanente

Se tiene que fomentar un parco público de alquiler. Todas las nuevas promociones que construyan las administraciones públicas serán de alquiler y pueden impulsar también viviendas con fórmulas distintas a la propiedad (ejemplo: las viviendas que hagan las cooperativas).

 

Igualmente, para garantizar la existencia suficiente de viviendas de protección oficial a la comunidad autónoma, todas las nuevas promociones mantendrán por siempre jamás su calificación como HPO, de forma que nunca se podrán vender por encima del precio que se establezca, por parte de la Administración, para las viviendas de protección oficial, aunque sean de promoción privada. Nunca serán de mercado libre. Esta medida NO afecta los HPO actuales. No tiene carácter retroactivo.



— Condiciones de uso de las viviendas de protección oficial

La Ley detalla las condiciones de uso de una vivienda de protección oficial, que se tiene que destinar a domicilio habitual. Las viviendas de protección oficial no se pueden alquilar, excepto en algunos casos justificados (como cambio de domicilio por trabajo, por salud, por motivos familiares, en casos de violencia de género, terrorismo y aquellas otras situaciones que se justifiquen y sean autorizadas).



— Depósito de las fianzas de alquiler

A pesar de que la obligación de depositar fianzas de los contratos de alquiler ya existe, ahora la Ley refuerza la obligatoriedad con sanciones en caso de incumplimiento. También se refuerza la obligatoriedad de la fianza, por ejemplo para acceder a ayudas de la Administración.

Se exige el depósito de la fianza de un mes para los alquileres de vivienda habitual. Para todos los otros casos (sean de días o semanas), se exige el depósito de dos meses de fianza.



— Nuevas vías para viviendas, como las cooperativas

La Ley prevé también el impulso de nuevas fórmulas para poner a disposición de la ciudadanía viviendas a precios asequibles. Así, prevé la cesión de suelo (como cesión temporal de superficie) a cooperativas de ciudadanos para la construcción de viviendas. Las personas que, mediante la cooperativa, accedan a estas viviendas, no los tendrán en propiedad, pero sí tendrán el uso de por vida.



— Cuerpo inspector. Detección de viviendas desocupadas

La Ley prevé un cuerpo de inspección tanto para detectar viviendas vacíos como usos irregulares de las viviendas de protección oficial y otras infracciones.


— Obligaciones exigibles con un régimen sancionador contundente

La Ley no es una mera declaración de intenciones. Fija obligaciones y sanciones para los casos de incumplimientos.

Todos los incumplimientos implican una sanción (leves, de 60 a 3.000 euros; graves, de 3.001 a 30.000 euros; o muy graves, de hasta 90.000 euros).

Las novedades de la nueva ley de vivienda de Baleares