viernes. 19.04.2024

Llega el verano y todo el mundo está pensando en realizar sus vacaciones. En algunas ocasiones sucede que hay personas que están de baja laboral y aún así tienen pensado realizar un viaje. Ante estas y otras dudas, hemos entrevistado a Catalina Homar, Graduado Social, colegiada en el Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Baleares y cofundadora de Homar Llabrés Asesores.

 

-Catalina, ¿Es legal que un trabajador en baja laboral pueda viajar?

-Poder viajar estando de baja dependerá de los motivos que dieron lugar a esa baja, por lo que en determinados casos si se podrá y en otros no. Es el facultativo el que deberá determinarlo. El trabajador puede hacer todo aquello que no sea incompatible con sus limitaciones y que no perjudique a su recuperación.


Distinta es, una baja donde se necesite un reposo absoluto para su recuperación, de una baja por depresión donde es recomendable el salir y realizar actividades que puedan contribuir con la mejora.


Siempre y en todos los casos, antes de realizar cualquier actividad, en este caso viajar, lo mejor es que el trabajador lo comente con el médico que le dio la baja o con el médico que se encargue de su seguimiento, ya que es la persona que mejor conoce su estado de salud y sabe es conveniente o puede perjudicar.

 

- ¿A qué se expone el trabajador?

- En el caso de no poder viajar y aun así hacerlo, el empresario podrá tomar las medidas necesarias, desde la sanción hasta el despido.


En el caso del ente Gestor, de acuerdo con el articulo 175 de la Ley General de la Seguridad Social,  es la posibilidad de que denieguen el subsidio, lo anulen o lo suspendan cuando se actúe fraudulentamente, tanto para conseguirla como para alargarla y en los casos de abandono o rechazo del tratamiento establecido.



- ¿Qué tipo de bajas son las que se pueden gestionar en España?

- Las debidas a enfermedad, común o profesional y a accidente, sea o no de trabajo, y los períodos de observación por enfermedad profesional. La prestación económica en las diversas situaciones de incapacidad temporal consistirá en un subsidio equivalente a un tanto por ciento sobre la base reguladora. Este tanto por cierto varia dependiendo del origen de la situación de incapacidad temporal.



- ¿ Para qué sirve un parte de baja y quién debe hacerlo?

Las ausencias en el trabajo siempre deben ser justificadas. Si un trabajador no puede acudir a su puesto de trabajo, por estar enfermo debe acudir a su facultativo del INSS o a la Mutua de Accidentes, a someterse a un reconocimiento médico. Si el facultativo asi lo estima, expedirá el parte médico de baja de incapacidad temporal, cualquiera que sea la contingencia determinante.

El parte médico de baja recogerá los datos personales del trabajador y, además, la fecha de la baja, la contingencia causante, el código de diagnóstico, el código nacional de ocupación del trabajador, la duración estimada del proceso y, en su caso, la aclaración de que el proceso es recaída de uno anterior, así como, en este caso, la fecha de la baja del proceso que lo origina.

Asimismo, hará constar la fecha en que se realizará el siguiente reconocimiento médico. El facultativo que expida los partes médicos de baja entregará al trabajador dos copias del mismo, una para el interesado y otra con destino a la empresa.

Catalina Homar: "Las ausencias en el trabajo siempre deben ser justificadas"
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