sábado. 27.04.2024

Las autonomías y los ayuntamientos podrán regular sobre turnos de conductores o sobre cómo puede reservarse un vehículo de alquiler con conductor (VTC) desde mañana, cuando el BOE publique el decreto ley, pero no podrán suprimir las licencias, que tienen un período de gracia de 4 años, para su amortización.



Según han explicado fuentes del Ministerio de Fomento, aunque las licencias de VTC tengan pleno vigor durante cuatro años -y lo mantendrán siempre, en todo caso, para recorridos de larga distancia-, desde ahora en el ámbito autonómico o local caben restricciones, siempre que no impliquen la supresión.



Podrán regular sobre condiciones como la precontratación, la solicitud del servicio, la captación de clientes, los recorridos mínimos y máximos, los horarios obligatorios o las especificaciones técnicas del vehículo.



Los cuatro años de moratoria han sido calculados por Fomento y la Abogacía General del Estado para que no quepan indemnizaciones por responsabilidad patrimonial porque "el período transitorio ya es la compensación por los derechos perdidos", según las fuentes.



Sin esa moratoria, las indemnizaciones hubiesen sido de unos 3.500 millones de euros, según cálculos que han dado recientemente las empresas de VTC.



Las licencias que adquieran vigor a partir de ahora tendrán su propio período de gracia de cuatro años desde que un tribunal se lo conceda, han explicado en Fomento.



Hasta octubre de 2022 los VTC podrán operar en todos los ámbitos, urbanos e interurbanos, y, a partir de esa fecha, conservarán la licencia siempre en todos los recorridos entre dos comunidades autónomas.



Para los recorridos urbanos o entre dos municipios de una misma comunidad autónoma la regulación dependerá de la normativa de la que se dote cada autonomía.



Los recorridos urbanos se entienden tanto los municipales como los que se hagan en el interior de un área metropolitana constituida, como es el caso de Barcelona y su alfoz.



Cada ayuntamiento o área podrá establecer también sus propias ratios entre taxis y VTC -que empezarán a operar dentro de cuatro años-, siempre que no contradiga la normativa autonómica, que también podrá fijar su propia ratio.



El ratio estatal actual es de un VTC por cada treinta taxis, pero no se cumple en la práctica debido a las resoluciones judiciales a favor de licencias concedidas durante el período 2009-2015.



Según fuentes ministeriales, es lógico que cada municipio regule en función de sus necesidades: cuántos taxis requieren -como ahora-, cuántos VTC necesitarán, y cuántos coches de uso compartido o bicicletas eléctricas y patinetes de alquiler.


Las necesidades de movilidad son muy diferentes de un municipio a otro, de las ciudades grandes a las pequeñas, según Fomento.



Además, la tendencia en casi todas las ciudades del mundo es la integración en normativas urbanas conjuntas de los VTC y los taxis.


Actualmente cumplen una función similar, casi siempre urbana, y con regulaciones muy diferentes debido a que la concepción de los vehículos de conductor como transporte de lujo cambió en los últimos años con la popularización de los servicios telemáticos.



El decreto ley que entra en vigor mañana tiene que ser convalidado en 30 días por el Congreso y, si no, decae. El Parlamento podrá hacer cambios y dar un plazo de medio año al Gobierno para que los tramite por proyecto de ley.



En cualquier caso, el Consejo de Ministros ha autorizado ya hoy, por vía de urgencia, un anteproyecto de ley para modificar el régimen sancionador establecido en la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, por las "sospechas" de actuaciones ilegales en el VTC

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