jueves. 28.03.2024

El paro obliga a rescatar los planes de pensiones

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Esta semana me ha llamado la atención un titular: “Ya van 3.000 millones rescatados en pensiones privadas por paro”.

 

El mes de junio, pese a haber experimentado cierta mejoría, la cifra de parados se ha situado en 3,7 millones. Una cifra nada desdeñable, desde luego.

 

De esos 3,7 millones de parados, algunos fueron previsores en su momento y contrataron un plan de pensiones del cual poder disponer en caso de necesidad. Esa “necesidad” ha llegado.

 

Y es que pese a que el Gobierno haya prorrogado un año la ayuda de 426 euros a parados de larga duración, el importe es insuficiente sobre todo para quienes tienen una familia.

 

Es entonces cuando quienes cuentan con un plan de pensiones privado, deciden “echar mano a la hucha” y rescatar sus ahorros.

 

Más de 600.000 ahorradores de los casi diez millones contabilizados en planes de pensiones, han recuperado su ahorro antes de lo previsto.

 

En este post, intentaré explicar los pasos a seguir si estás desempleado y necesitas disponer de tu plan de pensiones, así como la forma de rescatarlo para pagar menos impuestos.

 

¿Cómo recuperar tu plan de pensiones si estás desempleado?.

 

En primer lugar, debes saber que para poder disponer de tu plan de pensiones, tienes que constar como desempleado de larga duración. Es decir, llevar al menos un año de paro y haber agotado las prestaciones o no tener derecho a ellas.

 

Si ésta es tu situación, te enumero los pasos a seguir:

 

1.- Antes de nada debes tener en cuenta que para solicitar el rescate anticipado, tienes que estar parado y sin derecho a prestación económica. O sea, estar inscrito en el SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal) y haber consumido ya tu prestación por desempleo.

 

2.- Acreditar ante tu banco o aseguradora tu situación de desempleo mediante un certificado expedido por el SEPE. Este certificado sólo puedes solicitarlo on line a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.

 

El certificado se te enviará por correo en un plazo de 3 a 4 días hábiles.

 

3.- Con el certificado en mano, podrás solicitar a tu banco o aseguradora el rescate de tu plan de pensiones. El plazo máximo para que te abonen el importe de tu plan de pensiones en tu cuenta, es de 7 días hábiles que empiezan a contar desde el momento en que presentas la documentación.

 

El plazo medio desde que inicias los trámites hasta que obtienes el rescate de tu plan de pensiones está entre los 10- 12 días. Si no lo recibes en ese plazo, deberás ir a tu entidad para reclamarlo.

 

¿Cuál es la fiscalidad de los planes de pensiones?.

 

Si estás en el paro y lo cobras sin recibir prestación económica, te puede resultar rentable. El plan de pensiones tiene la consideración de ingreso de trabajo, por lo que si no tienes ningún otro ingreso, el tipo impositivo es menor.

 

Los planes de pensiones se pueden rescatar de tres maneras:

 

a) Rescate en forma de capital. Se cobran de una sola vez tanto las aportaciones como los rendimientos que hayan generado.

 

b) Rescate en forma de renta. En lugar de cobrarlo de golpe, cobras una cantidad cada cierto tiempo (mensual, trimestral, semestral o anual).

 

c) Rescate mixto. Recuperas una parte de tu dinero en forma de capital, y el resto en forma de renta.

 

La fiscalidad varía según la opción que elijas:

 

1.- Fiscalidad si rescatas en forma de capital. Si tienes aportaciones anteriores al 31/12/2006, y sólo a estas aportaciones (no a las posteriores), podrás aplicarte una reducción del 40% en los impuestos a pagar.

  • En caso de que la contingencia (ser parado de larga duración) por la que tengas que rescatar el plan de pensiones se haya producido en el año 2010 o en años anteriores, se podrá aplicar la reducción del 40% a rescates en forma de capital que se produzcan hasta el año 2018.
  • Si los hechos se producen entre 2011 y 2014, el plazo para realizar la reducción será de 8 años a partir del año en que acaeció la contingencia que permite el rescate.
  • En el supuesto de que los hechos tengan lugar en el año 2015 y años sucesivos, se dispondrá de un plazo máximo de dos años para beneficiarse de la reducción.

 

Con el rescate como capital, nuestra base imponible sube de golpe, y eso se traduce en que pagarás más impuestos. Esto debes tenerlo en cuenta si eliges la opción de rescate de plan de pensiones como capital.

 

2.- Fiscalidad en caso de rescate como renta. En este caso, la renta se considera como rendimiento de trabajo y tendrá que tributar según las tablas del IRPF. Por tanto, pagarás menos impuestos que si rescatas como capital.

 

La desventaja de esta opción es que no sólo tributamos por el beneficio de las inversiones, sino también por el dinero aportado.

 

3.- Fiscalidad en caso de rescate mixto. Puedes tributar una parte como capital (beneficiándote de la reducción del 40%) y el resto como renta.

 

Una vez más, os recomiendo que si optáis por rescatar vuestro plan de pensiones, acudáis a un asesor profesional. Desde www.garciaslopezasesores.es os aconsejaremos sobre la mejor manera de hacerlo con el menor impacto fiscal posible para vuestros bolsillos.

 

Si bien es cierto que, pese a las recomendaciones, cuando se necesita el dinero del plan de pensiones, no podemos esperar a cobrarlo poco a poco. Normalmente la gente quiere todo su dinero a la vez (rescate en forma de capital).

 

Ojalá este artículo os haya resultado útil y a todos aquellos que aún permanecéis en las listas del paro, deciros que “no tiréis la toalla”. La vida siempre nos brinda nuevas oportunidades.

 

La semana que viene volveré con un nuevo tema. Hasta entonces, por favor, sed felices.

El paro obliga a rescatar los planes de pensiones