viernes. 29.03.2024

Robos en cajas fuertes de hoteles: Cajas fuertes… fuertes, pero con matices.

Hace unas semanas saltó a los medios la noticia de que un jugador del Málaga C.F., recién llegado en el mercado invernal y que a la espera de encontrar vivienda se hospedaba en un hotel, había sufrido el robo de una importante cantidad de dinero que guardaba en la caja fuerte de su habitación.

 

En situaciones como esta, ¿responde el hotel siempre y en todo caso? Y, si lo hace, ¿es con algún límite?

 

Nuestra doctrina y jurisprudencia vienen pronunciándose de forma clara y constante en el sentido de que el depósito de los efectos de los viajeros en el lugar donde se alojan deriva del propio contrato de hospedaje, del que aquel depósito forma parte. 

 

Por tanto, la responsabilidad contractual del establecimiento nace por el hecho de la introducción en el hotel de los efectos por el huésped. Y esa responsabilidad es, además, prácticamente objetiva: El hotelero no se exonera ni aún acreditando que ha puesto toda la diligencia y medios exigibles, si bien sí quedaría exonerado en supuestos de fuerza mayor o robo a mano armada. 

 

Dicho esto, que sea exigible al hotelero responsabilidad y, por tanto, la pertinente indemnización de los daños y perjuicios, dependerá de

 

1.- Si el hotelero consigue acreditar o no que ha informado y advertido a los huéspedes de las medidas de cuidado y vigilancia a adoptar en relación a los efectos introducidos en el hotel y, en su caso, de las posibles limitaciones económicas de la responsabilidad. Si el establecimiento no consigue acreditar cumplidamente que ha informado al huésped al respecto, concurrirá este primer requisito.

 

2.- Si los clientes o huéspedes han comunicado o no al hotel los efectos que introducen.

La interpretación de este requisito no suele ser excesivamente rigurosa, de modo que no se suele entender exigible que los huéspedes tengan obligación de declarar todos y cada uno de los bienes que porten siempre que sean los que natural y razonablemente puedan portarse encima atendiendo a las circunstancias de la persona, tiempo y lugar. Los bienes que sí que tendría que declarar expresamente el huésped serían aquellos de especial valor, de modo que el dueño del establecimiento pueda adoptar las medidas preventivas precisas y dar al cliente las instrucciones necesarias para su adecuada protección y seguridad.

 

Así que el jugador del Málaga C.F. que ha sufrido la pérdida en cuestión podrá recuperar parte o todo el dinero que le ha sido sustraído dependiendo de si concurren o no los requisitos mencionados.

 

Como vemos y según se apunta en el título de esta píldora, las cajas fuertes de los hoteles son fuertes… pero con matices.

 

Robos en cajas fuertes de hoteles: Cajas fuertes… fuertes, pero con matices.