miércoles. 01.05.2024

El Consell de Govern aprobará este viernes, una batería de medidas para contener la transmisión del Coronavirus con el objetivo de reducir los contagios que se han incrementado las últimas semanas.

 

El objetivo es llevar a cabo iniciativas dirigidas a evitar el aumento de casos en los ámbitos allá donde se producen de manera más acusada, como en los encuentros sociales descontrolados, donde de manera mayoritaria no se cumple con las normas de prevención de contagios.

 

Así, se ha decidido endurecer las sanciones por la práctica de botellot, limitar los encuentros sociales nocturnos en las islas donde se registre mayor incidencia de casos, reducir los aforos a restauración así como a acontecimientos deportivos y culturales.


En su conjunto, la comunidad autónoma presenta una incidencia acumulada a 14 días por 100.000 habitantes (IA14) en población general de 513,5. Por islas, hay diferencias respecto de una a otra. Así, en el caso de Menorca la IA14 supera los 1.000 casos, a pesar de que muestra cierta tendencia a la estabilización los últimos días. En Ibiza, con una transmisión en crecimiento, supera ya los 500 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días, seguida de Mallorca con devers 450 y Formentera con 290.

Aun así, estas incidencias no se están traduciendo en un impacto sanitario equivaliendo al que se observó en anteriores oleadas, debido al efecto protector de la vacunación en una proporción importante de la población (con casi dos tercios de la población (65,3%) con al menos una dosis y más de la mitad (51,5%) que ya ha recibido la pauta completa de vacunación.

 

Así, en cuando a la situación a nivel hospitalario, la ocupación de camas por hospitalización por COVID-19 se encuentra de forma global en un nivel de riesgo bajo, situada a 3,65%, mientras que la ocupación de camas de curas críticas se encuentra en un nivel de riesgo alto, con un 11% aproximadamente. Es necesario recordar, además, que los máximos en los ingresos se producen con un decalaje de aproximadamente catorce días con los máximo de incidencia, y por tanto hay que esperar que estas cifras de ocupación continuarán incrementándose durante las próximas semanas.

Además, el número de casos, primariamente relacionados con la asistencia a actividades de cariz lúdico y festivo y con generación de numerosos contactos estrechos por caso detectado, está dando lugar a una situación de presión sobre el sistema de atención primaria.



Para gestionar este escenario, el Gobierno, en acuerdo con la Mesa de Diálogo Social reunida hoy, modificará el decreto ley 11/2020 para fortalecer las sanciones contra los excesos que ponen en riesgo el esfuerzo de la mayoría de la ciudadanía de las Islas Baleares.

De este modo, se sancionará hasta un mínimo de 1.000 euros a personas que participen a botellots.

Esta sanción se podrá ver agraviada si la persona que participa al botellot está incumpliendo la cuarentena para ser contacto estrecho, por lo cual la multa será de un mínimo de 2.000 euros, y de un mínimo de 5.000 euros en caso de que se esté botando la cuarentena para ser positivo por COVID-19. En cualquier caso, la cantidad final de la sanción lo tendrá que valorar el instructor.

 

Además, para los establecimientos que vendan alcohol fuera de las horas permitidas (máximo 22h), se interpondrá una sanción mínima de 5.000 euros que también se podrá ver agraviada si así lo considera el instructor.

 

En cuanto a las fiestas ilegales, los propietarios de viviendas donde se hagan estas prácticas estarán obligados a comunicar qué eran las personas que han promovido la fiesta y han alquilado la vivienda para sancionarlos, y, en caso de no hacerlo, tendrán que afrontar una sanción de cuantía parecida a los promotores de la fiesta por carencia de colaboración.

 

En este sentido, el Ejecutivo recuerda que se incluyó al decreto ley 11/2020 la sanción de pérdida de licencia de comercialización de la vivienda para aquellas viviendas en los cuales se hagan fiestas ilegales.

 

Las sanciones que prevé el decreto sancionador son de 100 a 3.000 euros para infracciones leves, de 3.001 a 60.000 euros para infracciones graves y de 60.001 a 600.000 euros para incumplimientos muy graves.

 

La modificación del decreto ley se aprobará mañana en un Consejo de Gobierno extraordinario y entrará en vigor una vez sea publicada al Boletín Oficial de las islas Baleares. Tendrá que ser validada por el Parlamento de las Islas Baleares en el plazo máximo de un mes.

Medidas relativas a las reuniones sociales

Así mismo, según el Govern, se hace necesario establecer nuevamente medidas restrictivas de las reuniones, encuentros, encuentros y otros, tanto familiares como sociales, en horario nocturno.

La experiencia acumulada de estos últimos meses ha hecho evidente el riesgo que suponen las actividades sociales de cariz lúdico-festivo asociadas al consumo de alcohol, donde se ha demostrado una menor adopción de las medidas de prevención frente al contagio por COVID-19, como el mantenimiento de la distancia interpersonal o el uso de mascarilla.

Así cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 350 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 5% en relación a camas de curas críticas por COVID-19 o del 2% en relación a camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre las 02.00 y las 6.00, excepto que se trate de personas convivientes.

Cuando la incidencia acumulada a catorce días en la isla sea superior a 450 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 10% en relación a camas de curas críticas por COVID-19 o del 5% en relación a camas de hospitalización por COVID-19, no se permitirán reuniones sociales o familiares de personas, en el horario comprendido entre las 01.00 y las 6.00, excepto que se trate de personas convivientes.

A los efectos del que se prevé en el apartado anterior, se consideran persones convivientes aquellas que ocupan una misma vivienda o alojamiento.

 

Ibiza, Mallorca y Menorca se verían afectadas por las restricciones contempladas en este punto mientras que Formentera quedaría exenta.


Así mismo, se considera necesario prorrogar las medidas que se contienen en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2021 por el cual se establece la medida excepcional de control en la entrada de personas en las Islas Baleares, procedentes del resto de comunidades autónomas y de las ciudades ceutíes y Melilla, para prevenir y contener la pandemia ocasionada por la COVID-19 durante parte del mes de junio y todo el mes de julio de 2021, para hacerlas efectivas hasta el día 15 de septiembre de este año.


Para la aplicación de las limitaciones de las reuniones sociales nocturnas, así como a los controles sanitarios a puertos y aeropuertos, el Consell de Govern insta la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a presentar este Acuerdo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, para que las autorice o ratifique, al efecto que establece el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Una vez autorizadas por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, se tienen que publicar las medidas que contiene este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Este Acuerdo acontece efectivo a partir de la publicación y mantiene la vigencia durante un mes.

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