sábado. 05.10.2024

El Consell de Govern ha aprobado el proyecto de ley de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en les Illes Balears que tiene por objeto promover la adopción en el ámbito público y privado de medidas que permitan compatibilizar la vida privada de las personas trabajadoras con su tiempo de trabajo remunerado.

Esta ley quiere reforzar y poner especial énfasis en el reconocimiento del derecho a la conciliación de las personas y las familias, en la corresponsabilidad entre mujeres y hombres y en la eliminación de la discriminación retributiva, garantizar las mismas oportunidades para las mujeres y los hombres e impulsar un conjunto integrado de medidas adaptadas a las necesidades reales que piden la sociedad y las personas trabajadoras.

Estas son las principales medidas que prevé el anteproyecto de ley:

Ámbito público

-Ayudas a entidades privadas que introducen en su convenio colectivo, pacto de empresa o plan de igualdad, medidas que establezcan mecanismos referidos en la racionalización de los horarios, la reordenación o flexibilización de los tiempos de trabajo y las jornadas, en nombre de la conciliación de la vida personal, familiar, laboral de las personas trabajadoras. 

-Ayudas para el fomento de la contratación de personas desocupadas para sustituir trabajadoras que se encuentren, o bien en situación de reducción de jornada o excedencia por cura de hijo, hija o familiar hasta segundo grado, o bien en suspensión de contrato por colmena durante el embarazo y la lactancia, o en otras situaciones relacionadas con la lactancia, la maternidad, la paternidad, la adopción o la acogida, así como en los otros supuestos de atención a personas dependiente previstos por la legislación vigente.

-En contratación pública en el marco de la legislación de contratos del sector público se promoveran medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el desarrollo de su carrera profesional, siempre que estén vinculadas al objeto del contrato.

Ámbito fiscal

-Exenciones y bonificaciones en las tasas y los precios públicos de su competencia que graben servicios o actividades relacionados con la conciliación personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad, para las diversas modalidades de familia de atención prioritaria.

-Deducciones fiscales en tributos propios y cedidos, especialmente en el tramo autonómico del importe sobre la renta de las personas físicas, vinculadas a la conciliación personal, familiar y laboral y a la corresponsabilidad. Entre ellas se incluye la compensación de los gastos derivados de la atención a los menores de hasta los tres años en las escuelas, los centros infantiles o el domicilio familiar. También se incluye la compensación de los gastos derivados de la cura y la atención de personas mayores y/o en situación de dependencia, concretamente los gastos efectuados en servicios de atención en centros asistenciales o en el mismo domicilio familiar.

-Exenciones y bonificaciones en las tasas y los precios públicos de su competencia.

Ámbito educativo

-Flexibilización de los horarios de apertura desde la finalización de las actividades docentes durante los días lectivos.

-Periodos vacacionales y no lectivos: actuaciones dirigidas a la atención de niñas y niños durante los periodos de vacaciones y los días no lectivos, atendiendo sus características y circunstancias personales, con horarios adaptados a la realidad social y laboral de las familias, en colaboración con las entidades locales.

-Intensificar la apertura de centros públicos de educación especial los días laborables no lectivos y las vacaciones de verano, para favorecer el relevo y la conciliación de las familias con hijo o hijas que presentan necesidades educativas especiales, todo esto mediante los programas pertinentes dotados de personal específico.

-Actuaciones de formación del profesorado en igualdad y corresponsabilidad, a facilitarlos los permisos necesarios en horario laboral y sin afectar el horario de docencia directa, con el objetivo que haya una transmisión de valores en la igualdad, del reparto equilibrado de tareas y responsabilidades familiares.

Se promoverá de manera conjunta con los ayuntamientos la apertura de los centros escolares fuera del horario lectivo: patios, pistas deportivas, salones de actas y el acceso a los baños. Durante el periodo escolar, de septiembre a junio, la apertura se puede llevar a cabo en horario de tarde y en sábado.

Servicios sociales

-El fomento de una red de centros de día y residenciales, programas de estancia diurna, unidad de convalecencia sociosanitaria, programas de relevo familiar, teleasistencia avanzada y servicio de ayuda a domicilio, entre otros, dentro de la red de responsabilidad pública, adecuados y flexibles a las necesidades de conciliación personal, familiar y laboral.

-Promoción de la creación de plazas por menores de 0 a 3 años y mantener una red pública que preste servicios de atención a menores de tres años, con criterios sociales tanto en el acceso como en la fijación de la contraprestación económica por estos servicios, teniendo en cuenta aquellos con necesidades educativas especiales.

-La implantación de programas dirigidos a formación, descanso y cura de la salud de la persona cuidadora de personas dependientes o con discapacidad.

-El desarrollo de actividades de ocio y convivencia intergeneracional.

-El fomento de las actividades de voluntariado que favorecen la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias.

-Específicamente, en el marco de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, la Administración de la comunidad autónoma tiene que fomentar medidas de atención y cuidados en la primera infancia dirigidas a menores con edad inferior a la exigida para acceder al segundo ciclo de educación infantil, los progenitores de los cuales, las personas tutoras o acogedoras tengan la necesidad de conciliar su vida familiar y laboral, con flexibilidad de horarios de entrada y de salida.

Estas medidas de fomento pueden incluir subvenciones dirigidas a colaborar en la financiación de los gastos derivados de la utilización de servicios complementarios de diferente naturaleza, de atención y cura de los menores o deducciones fiscales sobre el tramo autonómico del IRPF.

Ámbito privado

-Fomentar la adopción de medidas de conciliación y corresponsabilidad en la negociación colectiva.

-Impulsar en las entidades privadas prácticas de gestión de recursos humanos que tengan en cuenta la vida personal y familiar de las personas trabajadoras.

-Planes de igualdad en las entidades privadas que prevengan objetivos y medidas para favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

-Medidas oportunas para facilitar la aplicación de horarios racionales y flexibles en las entidades privadas de les Illes Balears, para mejorar tanto su productividad como la satisfacción y optimización del clima laboral.

-Se fomentará la implantación de una bolsa de horas a las empresas como medida de fomento de la conciliación laboral y de la productividad, y se establecerán los horarios de las personas trabajadoras de acuerdo con las necesidades, con una jornada flexible adaptada a los momentos de más actividad.

-Se impulsará la promoción del teletrabajo y otras fórmulas de trabajo no presencial con el apoyo de nuevas tecnologías, sin que esto suponga una sobre extensión de la jornada laboral a través de medios tecnológicos, en las empresas y entidades que, por su sistema de producción u organización permitan llevar a cabo toda o parte de la jornada fuera del entorno laboral.

Así será la nueva ley balear para conciliar trabajo y familia
Entrando en la página solicitada Saltar publicidad