lunes. 23.09.2024

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha denegado este miércoles las medidas cautelares solicitadas por varias empresarios de la hostelería para reabrir bares y restaurantes.

 

La Sala de lo contencioso administrativo del TSJIB ha alegado en un auto que una medida cautelar podrá denegarse cuando pudiera generar una perturbación grave de los intereses generales, en este caso, por la situación de pandemia.



El pasado 25 de febrero, el alto tribunal autonómico rechazó la petición de una treintena de empresarios del sector de la restauración para que se anulase de forma urgente el cierre del interior de bares y restaurantes en Mallorca e Ibiza que decretó el Govern.

 

Los promotores de esta demanda contra el ejecutivo balear habían pedido la aplicación de "medidas cautelarísimas" urgentes contra la orden de cierre para evitar el grave perjuicio económico que la suspensión de su actividad estaba ocasionando al sector.

 

Los magistrados desestimaron la petición de ese grupo de restauradores debido a la demora para presentar la aplicación de medidas cautelares por parte de los demandantes, que evidenciaba la “inexistencia” de la razón de "especial urgencia" que argumentaban.

 

La denuncia de los restauradores fue planteada ante el TSJIB el 28 de enero, cuando el cierre de bares y restaurantes había sido aprobado el 11 de enero, y la petición de medidas cautelarísimas se añadió el pasado 23 de febrero.

 

La Sala de lo contencioso administrativo del TSJIB abrió una pieza separada para determinar la posible aplicación de la suspensión cautelar que reclamaban los demandantes, cuya petición ha siedo denegada.

 

La Sala de lo contencioso administrativo del TSJIB abrió una pieza separada para determinar la posible aplicación de la suspensión cautelar que reclamaban los demandantes y comunicarla a la parte demandada, el Govern, que se opuso a la misma el pasado 4 de marzo.

Los tribunales rechazan la petición de reabrir la hostelería en Baleares de forma cautelar
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