lunes. 23.09.2024

Los promotores de una demanda contencioso-admistrativa contra el ejecutivo habían pedido la aplicación de "medidas cautelarísimas" urgentes contra la orden de cierre para evitar el grave perjuicio económico que la suspensión de su actividad estaba ocasionando al sector.

 

La sala contenciosa administrativa del alto tribunal autonómico ha desestinado esa petición porque la demora en presentar la aplicación de medidas cautelares por parte de los demandantes evidencia la inexistencia de la razón de "especial urgencia" que argumentan.

 

El acuerdo del Govern recurrido se aprobó el 11 de enero, la denuncia de los restauradores fue planteada ante el TSJIB el 28 de ese mismo mes y la petición de medidas cautelarísimas se añadió el 23 de febrero, recuerda el tribunal.

 

No obstante, el tribunal abre una pieza separada para determinar la posible aplicación de la suspensión cautelar que reclaman los demandantes y la comunica a la parte demandada, el Govern, para que en el plazo de cinco días haga las alegaciones que considere oportunas.

 

A principios de mes la Asociación de Restauradores de Mallorca (Arema) y la patronal Pimem Restauración informaron de la presentación de la denuncia contra el Govern con el propósito de reclamarle compensaciones por los "perjuicios económicos irreparables" que les provoca un cierre que consideran que no está justificado.

Otro 'mazazo' para los restauradores: la justicia deniega la reapertura cautelar
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